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Ejecución especial de garantías mobiliarias
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¿QUÉ ES LA
EJECUCIÓN ESPECIAL DE GARANTÍAS
MOBILIARIAS?
La ejecución especial de garantías mobiliarias es un servicio que permite al acreedor garantizado hacer efectiva la garantía constituida a su favor cuando el deudor incumple con el pago de la obligación.
A través de este mecanismo, el acreedor puede obtener el pago de su acreencia de manera ágil, conforme a lo pactado entre las partes y a la normativa vigente.
Para acudir a este procedimiento especial, es indispensable que las partes lo hayan pactado expresamente en el contrato mediante el cual se constituyó la garantía.
Términos clave:
- Acreedor garantizado: persona natural o jurídica que tiene derecho al cobro de una obligación respaldada por una garantía mobiliaria.
- Acreencia: deuda u obligación pendiente de pago.
- Permite el acceso a un mayor mercado.
- Facilita el retorno y el manejo de cartera.
- Genera un sistema ágil y seguro para administrar la información.
- Posibilita el control directo de sus garantías.
- Brinda una ejecución rápida y efectiva.
- Da mayor seguridad en sus operaciones.
- Genera certeza jurídica y financiera en cuanto a sus relaciones con terceros.
- Permite una mejor valorización del riesgo.
- Realizar la solicitud a través de la plataforma de Confecámaras (www.garantiasmobiliarias.com.co), adjuntando el contrato que establece el pacto.
- Seleccionar el Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Cámara de Comercio de Neiva.
- Confirmar al Centro a través de la plataforma el inicio del proceso, una vez llegue la notificación.
- Realizar el pago del valor del trámite.
- Se verificará que no exista otra garantía sobre el bien; en caso de existir, se comunicará a todos los acreedores.
Para acceder a este servicio, es necesario que la garantía, bien mueble, esté inscrita en el Registro Único de Garantías Mobiliarias que administra Confecámaras.