Ejecución especial de garantías mobiliarias

¿QUÉ ES LA
EJECUCIÓN ESPECIAL DE GARANTÍAS
MOBILIARIAS?

La ejecución especial de garantías mobiliarias es un servicio que permite al acreedor garantizado hacer efectiva la garantía constituida a su favor cuando el deudor incumple con el pago de la obligación.

A través de este mecanismo, el acreedor puede obtener el pago de su acreencia de manera ágil, conforme a lo pactado entre las partes y a la normativa vigente.

Para acudir a este procedimiento especial, es indispensable que las partes lo hayan pactado expresamente en el contrato mediante el cual se constituyó la garantía.

Términos clave:

  • Acreedor garantizado: persona natural o jurídica que tiene derecho al cobro de una obligación respaldada por una garantía mobiliaria.
  • Acreencia: deuda u obligación pendiente de pago.
  • Permite el acceso a un mayor mercado.
  • Facilita el retorno y el manejo de cartera.
  • Genera un sistema ágil y seguro para administrar la información.
  • Posibilita el control directo de sus garantías.
  • Brinda una ejecución rápida y efectiva.
  • Da mayor seguridad en sus operaciones.
  • Genera certeza jurídica y financiera en cuanto a sus relaciones con terceros.
  • Permite una mejor valorización del riesgo.
  1. Realizar la solicitud a través de la plataforma de Confecámaras (www.garantiasmobiliarias.com.co), adjuntando el contrato que establece el pacto.
  2. Seleccionar el Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Cámara de Comercio de Neiva.
  3. Confirmar al Centro a través de la plataforma el inicio del proceso, una vez llegue la notificación.
  4. Realizar el pago del valor del trámite.
  5. Se verificará que no exista otra garantía sobre el bien; en caso de existir, se comunicará a todos los acreedores.
Para acceder a este servicio, es necesario que la garantía, bien mueble, esté inscrita en el Registro Único de Garantías Mobiliarias que administra Confecámaras.

NORMATIVIDAD

Cámara de Comercio del Huila cchuila
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