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Inscripciones de libros
Las personas jurídicas están obligadas a llevar los siguientes libros:
Libro de actas:
En el cual se asientan todas las decisiones del máximo órgano social como las asambleas o juntas de socios.
Libro de socios, asociados o accionistas:
Donde se deja registro de la identificación de los socios, asociados o accionistas, sus aportes, la titularidad de cuotas o acciones etc.
Ambos libros pueden llevarse de manera física o electrónica, para lo cual es importante tener en cuenta lo siguiente:
- Para obtener sus libros físicos, el representante legal podrá solicitarlo por escrito a través del formato habilitado por la cámara de comercio en el mismo trámite constitución o en un momento posterior en cualquiera de nuestras ventanillas de atención en Neiva y cada una de las sedes de la Entidad Gremial.
- Si opta por llevar sus libros de manera electrónica tenga en cuenta que el representante legal de la persona jurídica, así como presidente y secretario de las reuniones deben contar con firma digital o electrónica. Para registrarlos ingrese a la opción Trámites Virtuales de nuestra página web y acceda a las opción de inscripción de libros electrónicos.