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Procedimiento de Recuperación Empresarial – PRES
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¿QUÉ ES EL
PROCEDIMIENTO DE RECUPERACIÓN
EMPRESARIAL?
Es un proceso extrajudicial que tiene como finalidad atender de forma rápida a los empresarios y comerciantes que, por motivos de la Declaratoria de Emergencia Nacional a raíz de la pandemia, Covid-19, han incurrido en situación de cesación de pagos o incapacidad de pago inminente para que puedan suscribir con sus acreedores acuerdos de pago atendiendo de esta forma sus obligaciones. Lo anterior, orientado a estimular la promoción de la productividad y la preservación del empleo.
- De fácil acceso.
- Rápido. Duración máxima de tres (3) meses, contados a partir de la comunicación de inicio.
- Permite la negociación integral de las deudas.
- Suspende los procesos de ejecución, cobro coactivo, restitución de tenencia y ejecución de garantías.
- Permite el pacto arbitral para la resolución de objeciones y extensión del acuerdo.
- De obligatorio cumplimiento para quienes lo suscriban.
- Admite la validación judicial del acuerdo.
- Presentación de la solicitud con el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Art. 4 del Reglamento Único. Formato Guía
- Trámite de la solicitud y fijación de gastos. Se revisa que la solicitud cumpla con los requisitos y contenga la totalidad de documentos, igualmente se informará al solicitante el valor del servicio, el cual deberá ser cancelado dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.
- Nombramiento del mediador
- Inicio del procedimiento de recuperación empresarial. Se inicia a partir de la aceptación del mediador.
- Presentación de la propuesta de pago.
- Terminación del procedimiento.
- Acuerdo
Validación del Acuerdo
El deudor podrá solicitar a la autoridad competente la validación del acuerdo.